Constancia de retención 2% DE RENTA

Con base en lo estipulado en el artículo 30 del decreto 14398-H, Modificación al Reglamento de la Ley del Impuesto sobre la Renta N° 7092 del 21 de abril de 1988 y sus reformas, publicado por la Gaceta del 17 de diciembre 2021. El instituto pone a su disposición el formulario digital “Certificación retenciones 2%” del Impuesto sobre la renta, de acuerdo con los pagos realizados a partir del año 2022 y siguientes.



Por motivos de seguridad y confidencialidad de los datos, se solicita adjuntar en el siguiente formulario copia de la personería y cédula del apoderado en caso de personas jurídicas y copia de la cédula en caso de personas física.

Nota importante: Esta regulación rige a partir de la fecha en que fue publicada (según artículo 107 del mismo decreto), por lo tanto, el INS generará los documentos de acuerdo con las retenciones efectuadas de enero 2022 en adelante.

“Artículo 107.- Vigencia. Rige a partir de su publicación”.

El trámite será atendido durante los siete días hábiles siguientes de recibida la solicitud. En caso de que la solicitud se incluya el último día hábil del mes, el plazo de atención será de diez días hábiles posteriores a la solicitud.

Para dudas y consultas puede comunicarse con:

Noylen Calderón Cervantes al correo nocalderonc@grupoins.com o con Kattia Quiros Ruiz Central al correo electrónico kquirosr@grupoins.com, o por medio de vía telefónica del INS 2287-6000 en la extensión 2136



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